{"id":128,"date":"2018-02-10T11:42:25","date_gmt":"2018-02-10T11:42:25","guid":{"rendered":"http:\/\/www.garciasanchezasociados.com\/wordpress\/?page_id=128"},"modified":"2018-03-08T13:07:46","modified_gmt":"2018-03-08T13:07:46","slug":"derecho-de-danos","status":"publish","type":"page","link":"http:\/\/www.garciasanchezasociados.com\/wordpress\/index.php\/derecho-de-danos\/","title":{"rendered":"DERECHO DE DA\u00d1OS"},"content":{"rendered":"<h1><strong>&#8211;\u00a0\u00a0 Responsabilidad civil M\u00e9dica.-<\/strong><\/h1>\n<p>1.-\u00a0Incumplimiento de la denominada lex artis por parte del profesional <em><strong><span style=\"color: #6a6a6a;\">m\u00e9dico<\/span><\/strong><\/em>, su an\u00e1lisis y sus elementos, <em><strong><span style=\"color: #6a6a6a;\">da\u00f1o<\/span><\/strong><\/em>, culpa y relaci\u00f3n de causalidad.<\/p>\n<p>2.-Analizamos la viabilidad del pleito antes de iniciarlo y las probabilidades de \u00e9xito.<\/p>\n<h1><strong>&#8211; \u00a0 Responsabilidad civil por productos defectuosos<\/strong><\/h1>\n<p>1.-\u00a0La empresa es responsable de los defectos que pueda haber en sus productos. Si ocasionan da\u00f1os a los clientes (muerte, lesiones, da\u00f1os materiales a los efectos personales ), las consecuencias pueden ser muy graves para el vendedor.<\/p>\n<p>2.- Analizamos la responsabilidad civil y la relaci\u00f3n de causa, efecto en la persona o en los vienes, contamos con peritos que eval\u00faan el da\u00f1o, desde la vertiente objetiva. Calculando el impacto econ\u00f3mico en su patrimonio personal o en el de su familia.<\/p>\n<h1><strong>&#8211;\u00a0 Responsabilidad civil del Estado<\/strong><\/h1>\n<p>1.-Responsabilidad civil de los funcionarios p\u00fablicos<\/p>\n<p>2.- Responsabilidad subsidiaria del Estado.<\/p>\n<p>3.- Analizando caso por caso, y estudio de su viabilidad.<\/p>\n<h1><strong>&#8211;\u00a0 Responsabilidad civil de la navegaci\u00f3n a\u00e9rea<\/strong><\/h1>\n<p>1.- Los retrasos, el over booking<\/p>\n<p>2.- Por accidente fortuito,contra los bienes y las personas que transporta.<\/p>\n<p>3.- Da\u00f1os por retrasos, cancelaciones,p\u00e9rdida de equipajes,stc.<\/p>\n<h1><strong>&#8211;\u00a0 Responsabilidad civil de los centros docentes<\/strong><\/h1>\n<p>1.-Por falta de una obligaci\u00f3n in educando e in vigilando del centro y de sus alumnos.<\/p>\n<p>2.- Estudio de la responsabilidad objetiva del centro<\/p>\n<h1><strong>&#8211;\u00a0 Responsabilidad civil por defectos de construcci\u00f3n.<\/strong><\/h1>\n<p><strong>1.-Responsabilidad decenal, <\/strong>plazo de 10 a\u00f1os, se refiere a los casos de ruina f\u00edsica del edificio, total o parcial. El art\u00edculo 17-1-a) la define como la derivada de vicios o defectos que afecten a elementos estructurales del edificio (cimentaci\u00f3n, soportes, vigas, forjados, muros de carga) y que comprometan directamente la resistencia mec\u00e1nica y la estabilidad del edificio.<\/p>\n<p>2.-<strong>Responsabilidad por vicio funcional:<\/strong> ruina funcional, plazo de tres a\u00f1os, a contar desde la fecha de la recepci\u00f3n de la obra. Se refiere a da\u00f1os materiales causados en el edificio por vicios o defectos de elementos constructivos o de las instalaciones que ocasionen incumplimiento de los requisitos de habitabilidad: grietas, fisuras, humedades, etc.,<\/p>\n<p>3.-<strong>Responsabilidad por Defectos en acabados:<\/strong> responsabilidad del constructor durante un a\u00f1o por los vicios o defectos de ejecuci\u00f3n que afecten a acabados de las obras.<\/p>\n<p><span style=\"color: #ff0000;\"><strong>Art\u00edculo 17.<\/strong><\/span> Responsabilidad civil de los agentes que intervienen en el proceso de la edificaci\u00f3n.<\/p>\n<p>1. Sin perjuicio de sus responsabilidades contractuales, las personas f\u00edsicas o jur\u00eddicas que intervienen en el proceso de la edificaci\u00f3n responder\u00e1n frente a los propietarios y los terceros adquirentes de los edificios o parte de los mismos, en el caso de que sean objeto de divisi\u00f3n, de los siguientes da\u00f1os materiales ocasionados en el edificio dentro de los plazos indicados, <span style=\"color: #ff0000;\">contados desde la fecha de recepci\u00f3n de la obra, sin reservas o desde la subsanaci\u00f3n de \u00e9stas<\/span>:<\/p>\n<ol>\n<li>Durante diez a\u00f1os, de los da\u00f1os materiales causados en el edificio por vicios o defectos que afecten a la cimentaci\u00f3n, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mec\u00e1nica y la estabilidad del edificio.<\/li>\n<li>Durante tres a\u00f1os, de los da\u00f1os materiales causados en el edificio por vicios o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad del apartado 1, letra c), del art\u00edculo 3.<\/li>\n<\/ol>\n<p>El constructor tambi\u00e9n responder\u00e1 de los da\u00f1os materiales por vicios o defectos de ejecuci\u00f3n que afecten a elementos de terminaci\u00f3n o acabado de las obras dentro del plazo de un a\u00f1o.<\/p>\n<p>2. La responsabilidad civil ser\u00e1 exigible en forma personal e individualizada, tanto por actos u omisiones propios, como por actos u omisiones de personas por las que, con arreglo a esta Ley, se deba responder.<\/p>\n<p>3. No obstante, cuando no pudiera individualizarse la causa de los da\u00f1os materiales o quedase debidamente probada la concurrencia de culpas sin que pudiera precisarse el grado de intervenci\u00f3n de cada agente en el da\u00f1o producido, la responsabilidad se exigir\u00e1 solidariamente. En todo caso, el promotor responder\u00e1 solidariamente con los dem\u00e1s agentes intervinientes ante los posibles adquirentes de los da\u00f1os materiales en el edificio ocasionados por vicios o defectos de construcci\u00f3n.<\/p>\n<h1><strong>&#8211; \u00a0Responsabilidad civil medio-ambiental<\/strong><\/h1>\n<p>Producida por la alteraci\u00f3n del medio ambiente , por contaminaci\u00f3n producida por el \u00a0vertido de aguas residuales, agentes qu\u00edmicos , etc.<\/p>\n<h1><strong>&#8211; Responsabilidad civil de los padres o tutores<\/strong><\/h1>\n<p>El tipo de responsabilidad civil que asumen los padres en su obligaci\u00f3n de indemnizar los actos il\u00edcitos cometidos por sus hijos se regula en el C\u00f3digo Penal resuelve esta cuesti\u00f3n en el art. 120 al determinar las personas responsables en estos casos, as\u00ed, se\u00f1ala que: Son responsables civilmente en defecto de los que lo sean criminalmente: 1\u00ba.- Los padres o tutores, por los delitos o faltas cometidos por los sometidos a su patria potestad o tutela, siempre que por su parte haya habido culpa o negligencia (SSTS de 26 marzo 1999 y de 13 septiembre 2002). Se trata por tanto de una responsabilidad directa de quienes tienen atribuido el cuidado del menor con declaraci\u00f3n de solidaridad y aunque la declaraci\u00f3n contenida en el art. 120 CP cierra una responsabilidad subsidiaria, se trata de una responsabilidad directa, ya que as\u00ed se contempla en el art. 61 de la Ley Org\u00e1nica de responsabilidad penal de los menores que lleva por r\u00fabrica La responsabilidad civil por los delitos y faltas cometidos por menores de edad, al se\u00f1alar que la acci\u00f3n para exigir la responsabilidad civil en el procedimiento regulado en la Ley Org\u00e1nica 5\/2000, se ejercitar\u00e1 por el Ministerio Fiscal, salvo que el perjudicado renuncie a ella, la ejercite por s\u00ed mismo en el plazo de un mes desde que se le notifique la apertura de la pieza separada de responsabilidad civil o se la reserve para ejercitarla ante el orden jurisdiccional civil conforme a los preceptos del C\u00f3digo Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&#8211;\u00a0\u00a0 Responsabilidad civil M\u00e9dica.- 1.-\u00a0Incumplimiento de la denominada lex artis por parte del profesional m\u00e9dico, su an\u00e1lisis y sus elementos, da\u00f1o, culpa y relaci\u00f3n de causalidad. 2.-Analizamos la viabilidad del pleito antes de iniciarlo y las probabilidades de \u00e9xito. &#8211; \u00a0 Responsabilidad civil por productos defectuosos 1.-\u00a0La empresa es responsable de los defectos que pueda [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":[],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/www.garciasanchezasociados.com\/wordpress\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/128"}],"collection":[{"href":"http:\/\/www.garciasanchezasociados.com\/wordpress\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"http:\/\/www.garciasanchezasociados.com\/wordpress\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.garciasanchezasociados.com\/wordpress\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.garciasanchezasociados.com\/wordpress\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=128"}],"version-history":[{"count":4,"href":"http:\/\/www.garciasanchezasociados.com\/wordpress\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/128\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":157,"href":"http:\/\/www.garciasanchezasociados.com\/wordpress\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/128\/revisions\/157"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/www.garciasanchezasociados.com\/wordpress\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=128"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}