{"id":268,"date":"2020-06-02T22:20:01","date_gmt":"2020-06-02T21:20:01","guid":{"rendered":"http:\/\/www.garciasanchezasociados.com\/wordpress\/?p=268"},"modified":"2020-06-03T18:32:26","modified_gmt":"2020-06-03T17:32:26","slug":"as-reuniones-de-las-comunidades-de-propietariosdurante-el-estado-de-alarma","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/www.garciasanchezasociados.com\/wordpress\/index.php\/2020\/06\/02\/as-reuniones-de-las-comunidades-de-propietariosdurante-el-estado-de-alarma\/","title":{"rendered":"LAS REUNIONES DE LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS,DURANTE EL ESTADO DE ALARMA"},"content":{"rendered":"<p>&nbsp;<\/p>\n<p><em>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 El art.15.1 LPH se\u00f1ala que: \u201cLa asistencia a la Junta de propietarios ser\u00e1 personal o por representaci\u00f3n legal o voluntaria, bastando para acreditar \u00e9sta un escrito firmado por el propietario\u201d, continua el art.16.1 de la LPH diciendo que \u201c <\/em><strong><em>\u00a0<\/em><\/strong><em>La Junta de propietarios se reunir\u00e1 por lo menos una vez al a\u00f1o para aprobar los presupuestos y cuentas y en las dem\u00e1s ocasiones que lo considere conveniente el presidente o lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un n\u00famero de \u00e9stos que representen al menos el 25 por 100 de las cuotas de participaci\u00f3n\u201d Por su parte el art.9.h de la LPH se\u00f1ala que la junta debe de hacerse: en el lugar se\u00f1alado por el propietario, a efectos de notificaciones, en su defecto, el que corresponde a la vivienda a la que pertenece la comunidad. Hasta aqu\u00ed, lo que la legislaci\u00f3n Espa\u00f1ola regula con respecto a la Junta de Propietarios y a su validez, la pregunta es , se puede variar, la forma de celebraci\u00f3n,\u00a0 de participaci\u00f3n y el\u00a0 lugar .El art.398 del CC , precepto este con car\u00e1cter imperativo y de Derecho necesario, define la propiedad horizontal, base de la LPH de 1960, junto con el titulo constitutivo y los Estatutos son las normativas reguladoras de la LPH, todo aquello que contraveniere las disposiciones anteriores es susceptible de nulidad. Analicemos, el tema de la forma de celebraci\u00f3n de las reuniones, solo encontramos en el CC de Catalu\u00f1a una regulaci\u00f3n que encaja en el supuesto que nos ocupa -art.553 del CCC.-, no seria en modo alguno aplicable, solo hemos encontrado una norma en la cual ,podemos celebrar juntas extraordinarias aun no estando previstas en los estatutos , aplicable por analog\u00eda, art.175 , art.182 \u00a0y art.189 de la \u00a0LSC en cuanto a la asistencia a la Junta por Video conferencia, de los socios ,lo que exige que haya una ubicaci\u00f3n f\u00edsica, el domicilio social de la sociedad, siendo posible, la delegaci\u00f3n del voto por v\u00eda telematica-Resolucion de la DGRN 19.12.2012- , la emisi\u00f3n del voto a distancia- Resoluci\u00f3n DGRN 8.01.2018- , en cuanto a la garant\u00eda de la identidad del que ejerce el voto -art.521 de la LSC-, hasta aqui la normativa de la LSC. Para las Juntas\u00a0 de Propietarios que se deban de celebrar a partir de La Declaraci\u00f3n del \u00a0Estado de Alarma -R.D 463\/2020- es aplicable el art. 40 del R.D.Ley 8\/2020,reuniones extraordinarias de urgente necesidad. Podemos concluir, que , si las reuniones son extraordinarias y de urgente necesidad y estuvieren sujetas a plazo, se aplicar\u00e1 la normativa extraordinaria anterior -R.D.Ley 8\/2020-.Y dada que la reuni\u00f3n resulta imposible hacer, -art.7 del R.D.463\/2020-, solo se podr\u00eda hacer por video conferencia en casos de urgente necesidad, siempre y cuando ,primero haya un consentimiento previo de los vecinos a su celebraci\u00f3n de forma excepcional, previa a la convocatoria formal y\u00a0 dado que el comunero tiene derecho a la presencia f\u00edsica, no se le puede privar de ella en modo alguno , con las disposiciones actuales, dado que los acuerdos resultar\u00edan nulos de pleno derecho. Es necesario que el legislador actualice la norma e introduzca las formas de realizaci\u00f3n de las Juntas, para estar en consonancia con las nuevas tecnolog\u00edas y se celebren con las m\u00e1ximas garant\u00edas.<\/em><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Jmgs<\/p>\n<p>Abogado-Economista<\/p>\n<p>Op.Judicatura<\/p>\n<p>.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 El art.15.1 LPH se\u00f1ala que: \u201cLa asistencia a la Junta de propietarios ser\u00e1 personal o por representaci\u00f3n legal o voluntaria, bastando para acreditar \u00e9sta un escrito firmado por el propietario\u201d, continua el art.16.1 de la LPH diciendo que \u201c \u00a0La [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[3],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/www.garciasanchezasociados.com\/wordpress\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/268"}],"collection":[{"href":"http:\/\/www.garciasanchezasociados.com\/wordpress\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/www.garciasanchezasociados.com\/wordpress\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.garciasanchezasociados.com\/wordpress\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/www.garciasanchezasociados.com\/wordpress\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=268"}],"version-history":[{"count":7,"href":"http:\/\/www.garciasanchezasociados.com\/wordpress\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/268\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":275,"href":"http:\/\/www.garciasanchezasociados.com\/wordpress\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/268\/revisions\/275"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/www.garciasanchezasociados.com\/wordpress\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=268"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.garciasanchezasociados.com\/wordpress\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=268"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/www.garciasanchezasociados.com\/wordpress\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=268"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}