ULTIMA MODIFICACION DE LA LPH ley 10/22 de 14.06
Ya nuestra jurisprudencia mayor venia recogiendo a voces lo que aquí se deduce , el fondo de reserva, que ya venia en la anterior modificación la ley en cuso, del 10% del ultimo presupuesto-aumento DEL 5 AL 10% dado en el R.D LEY 7/2019 ordinario anual, en ese concepto estaban previstas partidas, como la suscripción de un contrato de seguro, a lo que se añade obras de conservación,reparación, rehabilitación,accesibilidad y eficiencia energética, en su art.10 1 b) baja la mayoría cualificada a una mayoría simple de propietarios que a su vez representen la mayoria de las cuotas de participación para establecer los servicios de ascensor.Una vez adoptado el acuerdo, la comunidad quedará obligada al pago aunque excedan de las 12 mensualidades del presupuesto ordinario, asimismo solo requiere la mayoría simple…