Apartamentos Turisticos,limitacion del uso,prohibición

DERECHO CIVIL-CONTRACTUAL
La posibilidad de acordar la prohibición del alquiler turístico por la Comunidad de propietarios fue introducida por el Real Decreto-Ley 7/2019 de 1 de marzo de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler. Este Real Decreto-Ley ha reformado la Ley de Propiedad Horizontal  introduciendo en materia de viviendas de uso turístico el quórum necesario de votos que se requiere para que las comunidades de propietarios puedan limitar o condicionar el ejercicio de la actividad, o establecer cuotas especiales o incremento en la participación de los gastos comunes de la vivienda. Se ha añadido al artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal, el apartado 12, que se ocupa de regular los acuerdos de la Junta de propietarios relacionados con la posibilidad de limitar o condicionar el alquiler o explotación turística de los…
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La doctrina de los actos propios

DERECHO CIVIL-CONTRACTUAL
  Es de costumbre hoy en día , el decir una cosa y lo contrario de esta y  está de moda, pero no olvidemos que lo que decimos y hacemos , deja un rastro y que nos vinculan , mas de lo que nosotros pensamos .En nuestra doctrina, resulta que empieza a enunciarse con dos importantes máximas en el derecho romano , tales como "nadie puede cambiar su voluntad en perjuicio de tercero" y "cada cual resulta perjudicado por su propio acto y no a su adversario". Ya nuestro tribunal supremo en sentencia de 1895  afirmo que era un principio del derecho , que acabo  incrustado  en el  Código Civil Español, en su art.7.1  al afirmar que "los derechos deberán ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fé".  El…
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El Stalking, el delito de acoso. Dificultades de resultados en la tipificación del delito

PENAL
  En el acoso,no solo debe existir violencia física, sino presencia, vigilancia, persecución , a través de un medio de comunicación , a través de terceras personas o atentar contra la libertad y el patrimonio. En  un juicio por acoso, reciente, un ciudadano extranjero, no entendía, y manifestaba en su defensa que “porqué le iban a condenar”por haber cometido el “delito de enamorarse de una chica”, a la pregunta a su señoría , es un delito que mi defendido se haya enamorado de una chica. No es delito, pero si lo es el medio con el que ha accedido a esa persona, las palabras, la persecución, las miradas, los piropos, la han incomodado, el pedirle el teléfono, su apellido. Existe, un medio, no. El lloraba, porque no lograba entender, que…
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La Violencia Perversa, versus Acoso Moral. Consecuencias

PENAL
  Se  trata de una noción subjetiva que engloba tanto el mal proceder de una persona o grupo como las consecuencias que dicho proceder comporta para la salud y la dignidad de las víctima. El acoso consiste en una violencia insidiosa, fría, encubierta, tanto más violenta cuanto que es casi invisible. Se alimenta de pequeños ataques continuos, a menudo llevados a cabo sin testigos, a veces no verbales o ambiguos, al estar sujetos a una doble interpretación. Cuatro tipos de comportamientos hostiles – El aislamiento y la negación de comunicación – Los atentados contra las condiciones de trabajo – Los ataques contra la dignidad – La violencia verbal, física o sexual.Los contextos que lo favorecen son: El estrés y la presión en el trabajo, La mala comunicación, El aislamiento de…
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ULTIMA MODIFICACION DE LA LPH ley 10/22 de 14.06

DERECHO DE DAÑOS
Ya nuestra jurisprudencia mayor venia recogiendo a voces lo que  aquí se deduce , el fondo de reserva, que ya venia en la anterior modificación la ley en cuso, del 10% del ultimo presupuesto-aumento DEL 5 AL 10% dado en el R.D LEY 7/2019  ordinario anual, en ese concepto estaban previstas partidas, como la suscripción de un contrato de seguro, a lo que se añade obras de conservación,reparación, rehabilitación,accesibilidad y eficiencia energética, en su art.10 1 b) baja la mayoría cualificada a una mayoría simple de propietarios que a su vez representen la mayoria de las cuotas de participación para establecer los servicios de ascensor.Una vez adoptado el acuerdo, la comunidad quedará obligada al pago aunque excedan de las 12  mensualidades del presupuesto ordinario, asimismo solo requiere la mayoría simple…
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La perspectiva del Despido ante la Violencia de Genero

DERECHO DE DAÑOS
La violencia de genero no podría quedar descolgada del contrato de trabajo , ni permanecer ajena a este problema, las empresas deben de garantizar los derechos fundamentales de las personas que resulten ser victimas. Las medidas de protección integral han venido dadas por la ley Organica 1/2004 de Medidas de Protección integral contra la violencia de genero en su art.21,han quedado plasmadas en los siguientes supuestos: De entrada,  El despido podría ser calificado como nulo: El despidió del  trabajador víctima de violencia de género, bien por causas objetivas o causas disciplinarias, si el trabajador no se le han otorgado algunos de los siguientes derechos: Movilidad geográfica, reestructuración de plantilla, reducción de jornada, cambio de centro de trabajo o suspensión del contrato de trabajo. Estos derechos son del trabajador y deviene su falta de…
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Reuniones de Propietarios al amparo del R.D 8/2021

DERECHO DE DAÑOS
Las reuniones presenciales no están prohibidas, solo están suspendidas , y se podrán celebrar las de video conferencia y las necesarias para adoptar acuerdos que no requieran demora. El legislador no ha dado luz verde para que las reuniones ordinarias y extraordinarias se puedan convocar, sin embargo, no existe prohibición alguna y en todo caso, la limitación de los derechos fundamentales debería ser impuesta mediante ley orgánica. Un R.D.ley no puede en modo alguno suspender las garantías constitucionales ,solo por ley organica, art.55 de la C.E.- y PODEMOS HACER UNA REUNION POR VIDEO CONFERENCIA.- si, siempre que se haya aprobado previamente y se garantice el derecho de todos a una participación efectiva.
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LAS REUNIONES DE LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS. CRISIS DEL COVID.REGULACION ACTUAL

PROPIEDAD HORIZONTAL
  Desde el 14 de Marzo del 2020 hasta el 21 de junio del 2020 estuvo el Estado de alarma en España, -R.D.463/2020- hubo un primer estado de alarma, en  virtud del art.116 de la C.E. y cuarto y siguientes de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio.  que se instauro con el fin de garantizar la protección de la salud de los ciudadanos, la contención de la enfermedad y el refuerzo del sistema de salud pública. Posteriormente, el 25/10/2020 se declara un segundo estado  de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARSCoV-2. I,  la progresión de la enfermedad y reforzar los sistemas  sociosanitarios .Durante la vigencia del estado de alarma, las administraciones sanitarias competentes en salud…
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Las Comunidades de Propietarios y el Derecho de Reunión

PROPIEDAD HORIZONTAL
Ya en nuestro articulo del pasado dia 16 de junio del 2020, determinamos que las reuniones de las comunidades de propietarios se podrian hacer por video conferencia hasta el dia 31/12/2020- R.D.LEY 8/2020 de 17/03/2020-. A partir de esa fecha, se pueden seguir realizando las reuniones por video conferencia , con lo previsto en el art.34 del  R.D.LEY 34/2020 de 17/11/2020, donde se prorroga el Estado de Alarma hasta el 9-05-2021, , en este articulo ,podemos ver que ....."2  Excepcionalmente, durante el año 2021, aunque los estatutos no lo hubieran previsto, las juntas o asambleas de asociados o de socios del resto de personas jurídicas de Derecho privado (asociaciones, sociedades civiles y sociedades cooperativas) podrán celebrarse por videoconferencia o por conferencia telefónica múltiple siempre que todas las personas que tuvieran…
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Derecho de Reunión.- La celebración por medio de video conferencia.-post-covid

PROPIEDAD HORIZONTAL
La disposición final 3ª del R.D.L 21/2020 autoriza a empresas ,sociedades ,asociaciones a celebrar reuniones telematicas aun no estando previstas en sus estatutos, hasta el 31/12/2020. Esto que quiere decir? , que le da un plazo a todas las entidades juridicas a contemplar en sus estatutos el  celebrar juntas por medios telematicos, ya lo habia previsto el gobierno en su R.D.L  8/2020  ART.40 durante el estado de alarma -esta es la nueva normalidad  que se nos avecina. El articulo 40 anterior, se dicto de prisa, dado que las sociedades de capital, que tenian juntas de accionistas previstas de forma presencial para este periodo , les habia pillado por sorpresa, esta situación , que solo por medios legislativos han podido solucionar. Y dado que el Estado de Nueva Normalidad  es tal …
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